¿Qué pruebas debo reunir para demostrar que soy falso autónomo?

Pruebas falsos autónomosPoder probar tu situación de falso autónomo es fundamental para que salga adelante una demanda contra la empresa que te tiene (o haya tenido) en esta situación fraudulenta. Con unas pruebas que demuestren a las claras que trabajas por cuenta ajena y que realmente no eres un autónomo pese a que lo ponga en tu contrato mercantil (si es que lo tienes), tu relación tiene muchas posibilidades de pasar a ser laboral y por tanto contar con los derechos reconocidos a todos los trabajadores tanto por el Estatuto como por el Convenio en tu sector.

Cabe recordar en este punto que para regularizar tu situación tienes 3 vías:

  • Que la empresa, bien por arte de magia o porque entre en razón, normalice tu situación.
  • Que Inspección de Trabajo obligue a tu empresa a regularizar a sus trabajadores (y le imponga una suculenta sanción).
  • Que demandes a la empresa y los juzgados de lo Social den por demostrado que tu relación es laboral y no mercantil.

Para estas dos últimas situaciones es crucial la recopilación de pruebas antes de pasar a la acción, ya sea ante Inspección o por la vía de la demanda en lo Social. Pero ¿de qué pruebas o indicios estamos hablando? Fácil: aquellos que demuestren que la ajenidad y dependencia así como el pago por tu trabajo. En definitiva, probar que tu relación es laboral y no eres autónomo (insistimos, ponga lo ponga en tu contrato).

¿Qué entendemos por ajenidad?

Pruebas Falsos AutónomosBásicamente que trabajas para una empresa que asume los riesgos laborales y se queda con el fruto de lo que genera tu trabajo. ¿Tu empresa, la que te ha obligado a ser falso autónomo, es la que recibe el resultado económico de las operaciones en las que participas como trabajador? Vaya, pues va a ser que no eres tan autónomo como te decían.

¿Cómo podemos probar esto?

Con documentos (correos, emails, mensajes de WhatsApp, grabaciones con el móvil o grabadora, testigos…) que demuestren esta situación. No son difíciles de conseguir y, si no los tienes, te animamos a conseguirlos. Plantéate las siguientes cuestiones y cómo podrías demostrarlas. ¿Qué tal grabar (no tienes por qué pedir permiso si es en el entorno laboral) una conversación con tu jefe en la que se aprecie que es la empresa la que encarga todo tu trabajo? Si tienes por escrito que es la empresa la que encarga todo, mejor que mejor. ¿Utilizas material de la empresa para llevarlo a cabo? Busca el modo de demostrarlo y argumentarlo y tendrás otro indicio. Igualmente, recibir con una periodicidad marcada tu salario y que éste oscile siempre en una cantidad similar cada mes, también puede ayudar. Por supuesto, si en tu empresa hay trabajadores con contrato laboral y tu misma función y puedes demostrar que cobráis lo mismo, estamos ante otro ‘punto’ a tu favor. Y no nos olvidemos de otra prueba clave: contar con documentos en los que se vea a las claras que es la empresa la que te dice lo que vas a cobrar. ¿Como ‘favor’ te pagan la cuota de autónomo? Intenta demostrarlo en tal caso. Insistimos: cuantas más pruebas tengamos de este tipo, más sólida será nuestra demanda.

¿Qué entendemos por dependencia?

Por dependencia entendemos la relación del trabajo dentro de una organización (la empresa) y bajo el control del empresario. Es decir, autonomía, lo que se dice autonomía, más bien poca, tal y como sospechabas. Ahora toca el turno de probar que tienes una relación de dependencia, algo que al igual que con la ajenidad y con los pagos regulares no te costará evidenciar.

Pruebas falso autónomo condiciones¿Puedes demostrar que trabajas en unos horarios marcados por la empresa? Hay empresas que te hacen fichar. Otras te especifican a las claras cuál es tu horario vía email. Lo mismo sucede con las vacaciones, bajas y todo lo que implique que no tienes libertad de no asistencia al trabajo (como sí tendrían los verdaderos autónomos). Si tienes que comunicar y justificar a la empresa tu no asistencia al trabajo y si se derivan sanciones en caso de no hacerlo, cuenta con este indicio para demostrar tu relación laboral. Ni qué decir tiene que si además acudes a las instalaciones de la empresa para realizar tu trabajo, tendrás otro.

Asimismo, cabe remarcar que si éste es tu único trabajo estaremos ante un caso más evidente, aunque también podrías contar con otros trabajos que esto no quitaría para que tu relación con la empresa que te tiene como falso autónomo sea realmente laboral.

Esperamos que toda esta información te sirva en caso de estar como falso autónomo y quieras regularizar tu situación. Aunque no tienes por qué cumplir con todos ellos ni demostrar absolutamente todos, cuantos más indicios y más evidentes sean, mejor para defender tu caso.

Desde STOP Falsos Autónomos te animamos a asesorarte en CNT para proceder a presentar una inspección en tu empresa o a demandarla para regularizar tu situación. Aunque todos los casos de falsos autónomos tienen puntos en común, cada uno tiene sus particularidades. Por ello, te recomendamos asesorarte antes de hacer ningún movimiento y así poder orientar mejor tus pasos.

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7 comentarios

  1. Que hay de los trabajadores que son «autónomos» pero trabajan en una Cooperativa ¿¿?? ( por ejemplo Eroski ?)

    Porque cotizamos como autónomos, pero cumplimos al 100% con todo lo que comentais acerca del material de trabajo, fichar, horas, condiciones de vacaciones, salario …

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    1. Si la relación es laboral y no puedes organizarte como autónomo, parece un caso bastante claro. Demostrándolo, esa cooperativa tendría la obligación de contrataros como trabajadores. Es tan fácil como ver si tienes autonomía en tu trabajo o no. Si no la tienes, de autónomo tienes poco o nada

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  2. Estuve hace años en una situación de falso autónomo, pero no se cumplían todas las condiciones. Me pagaba la empresa, utilizaba material de la empresa, pero el número de horas y el horario lo elegía yo. Era de profesor particular, y era yo quien decidía qué alumnos cogía, y cuando me iba de vacaciones. Tampoco acudía diariamente a las instalaciones de la empresa, ya que era a domicilio. Luego me pagaba la empresa mensualmente, dependiendo del número de horas trabajadas, ya que las familias pagaban a la empresa. Eso sí, la empresa se quedaba con el 50%.

    Hubiera podido denunciar mi situación. El resto de profesores estábamos todos en la misma situación.

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  3. No soy autonomo estoy contratado x subcontrata pero cuando me voy de vacaciones en agosto los 20 dias me dan de baja en SS Y cuando vuelvo sin firmar nada me vuelven a dar de alta lo hacen con la gran mayoria la empresa es hispatel en sevillaQue pruebas debo reunir

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  4. Y qué hay de los Agentes Colaboradores a Entidades Financieras? Trabajan en oficinas propias del autónomo, pero rotuladas y con todo el material de las entidades bancarias adscritas bajo contrato mercantil. Además perciben sólo una comisión que el banco previamente ha cobrado al cliente.

    En muchos anuncios de captación de éstas figuras comerciales, las entidades anuncian una pequeña ayuda como suplemento para los pagos de autónomos, etc…

    Qué os parece?

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    1. Suena bastante a otros comerciales de distintos sectores como el energético o de seguros. Mira este caso… http://www.eldiario.es/economia/Trabajo-Gas-Natural-comerciales-trabajaban_0_488201463.html Cabe insistir: la relación es la que es, no la que diga el contrato que es. Es decir. Si ese trabajador en realidad trabaja por cuenta ajena bajo el control de la empresa, el caso parece claro por mucho que haya un contrato mercantil de por medio. En esta entrada del blog se reúnen una serie de indicios que la jurisprudencia viene a entender como dentro del ámbito de relaciones laborales. No hay que cumplirlos todos como si fuesen condiciones o requisitos

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